
NUEVOS AUTONOM@S
- Alta en los Organismos Públicos, como en Agencia Tributaria, Seguridad Social y Generalitat de Catalunya
- Te aconsejamos que régimen fiscal es más adecuado para tu negocio y te explicamos la complejidad de los mismos.
- Te informamos de las posibles ayudas que puedas beneficiarte
- Trámites de licencias de apertura
- Peticiones de hoja de reclamaciones
- Te ayudamos en la tramitación de la capitalización del paro, si ese este tu caso
- En caso de querer contratar trabajadores, alta en Cuenta de Cotización, así como alta en Seguridad Social y tramitación y confección de contratos de trabajo
NUEVAS EMPRESAS
Cuando se decide crear una Empresa, se abre un gran abanico de tareas y tramites que se deben llevar a cabo en diferentes organismos públicos. Nosotros sabemos perfectamente que trámites hacen falta e intentamos agilizar el proceso lo máximo posible, con nosotros no perderás tu tiempo.
Resolveremos tus dudas desde el inicio de tu andadura, te aconsejaremos a la hora de constituir tu empresa, que beneficios fiscales puedes tener, que naturaleza fiscal es más adecuada para tu negocio, todas las dudas que puedas plantearte te las resolveremos de manera personal para que tú te puedas dedicar enteramente al ejercicio de tu actividad.
Te detallamos a continuación los trámites más importantes para comenzar con tu actividad.
- Certificación negativa del nombre de la sociedad por el Registro Mercantil.
- Firma escritura pública de Constitución de la Sociedad ante notario.
- Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en la Consejería de Hacienda de la Comunidad Autónoma.
- Inscripción de la empresa en el Registro Mercantil.
- Solicitud del Número de Identificación Fiscal en la Agencia Tributaria.
- Obtención del número identificador de Afiliación a la Seguridad Social en la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Alta en el Censo de Empresarios en la Agencia Tributaria.
- Liquidación del Impuesto sobre Actividades Económicas en la Agencia Tributaria (las empresas de nueva creación están exentas durante los dos primeros ejercicios).
- Afiliación de los socios a la Seguridad Social.
- Alta en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda a cada uno de los socios trabajadores y/o administradores.
- Inscripción de la empresa en la Tesorería territorial de la Seguridad Social, que asigna al empresario un número para su identificación y control de sus obligaciones un Código de Cuenta de Cotización.
- Comunicación de apertura del centro de trabajo en la Consejería de Trabajo de su Comunidad Autónoma.
- Solicitud de las licencias pertinentes en función del tipo de actividad de la empresa (puedes ver la información sobre ello en este enlace). Registro de signos distintivos como patentes o marcas en la Oficina Española de Patentes y Marcas.
- Registro de ficheros de carácter personal en la Agencia Española de Protección de Datos.